🏠 ≡ Penal > Procesal Penal > Procedimiento de decomiso autónomo
- OBJETO [ 803 ter e ]
- COMPETENCIA [ 803 ter f ]
- PROCEDIMIENTO [ 803 ter g ]
- LEGITIMACIÓN ACTIVA [ 803 ter h ]
- ASISTENCIA LETRADA [ 803 ter i ]
- LEGITIMACIÓN PASIVA [ 803 ter j ]
- ENCAUSADO REBELDE O DISCAPACITADO [ 803 ter k ]
- DEMANDA [ 803 ter l ]
- CONTESTACIÓN [ 803 ter m ]
- PRUEBA Y VISTA [ 803 ter n ]
- JUICIO Y SENTENCIA [ 803 ter o, 803 ter p ]
- INVESTIGACIÓN DEL MINISTERIO FISCAL [ 803 ter q ]
- RECURSOS Y REVISIÓN DE LA SENTENCIA [ 803 ter r ]
- INCOMPARECENCIA DEL ENCAUSADO REBELDE Y DEL TERCERO AFECTADO [ 803 ter s ]
- ACUMULACIÓN A CAUSA SEGUIDA CONTRA TERCERO [ 803 ter t ]
- NUEVA SOLICITUD DE DECOMISO [ 803 ter u ]
OBJETO.
📕 Artículo 803 ter e LECrim. Objeto
1. Podrá ser objeto del procedimiento de decomiso autónomo regulado en el presente Título la acción mediante la cual se solicita el decomiso de bienes, efectos o ganancias, o un valor equivalente a los mismos, cuando no hubiera sido ejercitada con anterioridad, salvo lo dispuesto en el artículo 803 ter p.
2. En particular, será aplicable este procedimiento en los siguientes casos:
a) Cuando el Fiscal se limite en su escrito de acusación a solicitar el decomiso de bienes reservando expresamente para este procedimiento su determinación.
b) Cuando se solicite como consecuencia de la comisión de un hecho punible cuyo autor haya fallecido o no pueda ser enjuiciado por hallarse en rebeldía o incapacidad para comparecer en juicio.
3. En el caso de reserva de la acción por el Fiscal, el procedimiento de decomiso autónomo solamente podrá ser iniciado cuando el proceso en el que se resuelva sobre las responsabilidades penales del encausado ya hubiera concluido con sentencia firme.
