Oficina Judicial

🏠Constitucional > Poder Judicial > Oficina Judicial



📕 Artículo 435 LOPJ

3. La Oficina judicial funcionará con criterios de

  • agilidad,
  • eficacia,
  • eficiencia,
  • racionalización del trabajo,
  • responsabilidad por la gestión,
  • coordinación
  • y cooperación entre Administraciones,

de manera que los ciudadanos obtengan un servicio próximo y de calidad, con respeto a los principios recogidos en la Carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia.