Defraudaciones de fluido eléctrico y análogas

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📕 Artículo 255 del Código Penal

1. Será castigado con la pena de multa de 3 a 12 meses

➕ el que cometiere defraudación utilizando

energía eléctrica,gas,agua,telecomunicacionesu otro elemento, energía o fluido ajenos,

por alguno de los medios siguientes:

  • 1.º Valiéndose de mecanismos instalados para realizar la defraudación.
  • 2.º Alterando maliciosamente las indicaciones o aparatos contadores.
  • 3.º Empleando cualesquiera otros medios clandestinos.

2. Si la cuantía de lo defraudado no excediere de 400 €, se impondrá una pena de multa de 1 a 3 meses [ delito leve ].


▪️ El objeto de defraudación es de número abierto (ej.: wifi).

▪️ Limitación del delito por los medios comisivos.

▪️ No es preciso ser autor de la manipulación, basta conocerla.

▪️ Delito de resultado en el que cabe la tentativa.