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PROCEDIMIENTOS INCOADOS HASTA EL 2-4-2025.
- ADMISIÓN DE PRUEBAS Y SEÑALAMIENTO DE JUICIO [ 785 ]
- PRESENCIA DEL ACUSADO [ 786.1 ]
- INICIO DEL JUICIO [ 786.2 ]
- SENTENCIA DE CONFORMIDAD [ 787 ]
PROCEDIMIENTOS INCOADOS DESDE EL 3-4-2025.
- AUDIENCIA PRELIMINAR [ 785 ]
- OBJETO [ 785.1 ]
- CELEBRACIÓN [ 785.2 ]
- RESOLUCIÓN SOBRE PRUEBA [ 785.3 ]
- SENTENCIA DE CONFORMIDAD [ 785.4 a 11 ]
- DOCUMENTACIÓN [ 785.12 ]
- SEÑALAMIENTO DE JUICIO [ 786 ]
- JUICIO EN AUSENCIA [ 787.1 ]
- INICIO DEL JUICIO [ 787.2 y 3 ]
- SENTENCIA DE CONFORMIDAD [ 787 ter ]
ACUSADO PERSONA JURÍDICA [ 786 bis ]
JUICIO: PRUEBA, CONCLUSIONES Y DOCUMENTACIÓN [ 788 ]
SENTENCIA [ 789 ]
ACUSADO PERSONA JURÍDICA.
Renumerado del anterior 786 bis, sin modificar su contenido, por Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia [ Vigencia 3-4-2025 ]
1. Cuando el acusado sea una persona jurídica, ésta podrá estar representada para un mejor ejercicio del derecho de defensa por una persona que especialmente designe, debiendo ocupar en la Sala el lugar reservado a los acusados. Dicha persona podrá declarar en nombre de la persona jurídica si se hubiera propuesto y admitido esa prueba, sin perjuicio del derecho a guardar silencio, a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable, así como ejercer el derecho a la última palabra al finalizar el acto del juicio.
No se podrá designar a estos efectos a quien haya de declarar en el juicio como testigo.
2. No obstante lo anterior, la incomparecencia de la persona especialmente designada por la persona jurídica para su representación no impedirá en ningún caso la celebración de la vista, que se llevará a cabo con la presencia del Abogado y el Procurador de ésta.
