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LEVANTAMIENTO DE TROPAS PARA EL SERVICIO DE UNA POTENCIA EXTRANJERA.
📕 Artículo 595 del Código Penal.
El que,
⚠️ sin autorización legalmente concedida,
levantare tropas en España para el servicio de una potencia extranjera,
💡 cualquiera que sea el objeto que se proponga o la Nación a la que intente hostilizar,
será castigado con la pena de prisión de 4 a 8 años.
