Procedimiento de protección del patrimonio de personas con discapacidad

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📕 Artículo 58 LJVol. Solicitud, tramitación y resolución del expediente.

1. El expediente se iniciará mediante solicitud por escrito del Ministerio Fiscal en la que se consignarán

➕ los datos y circunstancias de identificación de la persona con discapacidad,
➕ de sus representantes o su curador, según proceda
➕ y de los demás interesados en el asunto,
➕ así como el domicilio o los domicilios en que pueden ser citados,
➕ y los hechos y demás alegaciones que procedan.

[…]