🏠 ≡ Familia ≡ Menores ≡ Procesal Civil > Discapacidad, filiación, matrimonio y menores > Autorización judicial de actos de disposición patrimonial
- ÁMBITO DE APLICACIÓN [ 61 ]
- COMPETENCIA [ 62.1 ]
- LEGITIMACIÓN [ 62.2 ]
- POSTULACIÓN [ 62.3 ]
- SOLICITUD [ 63 ]
- TRAMITACIÓN [ 64 ]
- RESOLUCIÓN [ 65 ]
- DESTINO DE LA CANTIDAD OBTENIDA [ 66 ]
COMPETENCIA.
📕 Artículo 62 LJVol. Competencia, legitimación y postulación.
1. Será competente para el conocimiento de este expediente el Juzgado de Primera Instancia de la residencia del menor o persona con discapacidad.
Si antes de la celebración de la comparecencia se produjera un cambio de la residencia habitual de la persona a que se refiera el expediente, se remitirán las actuaciones al Juzgado correspondiente en el estado en que se hallen.
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