Ética judicial y asistencia de Jueces a manifestaciones. Dictamen 2/2023, de 18-9-2023

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i) Los jueces no están privados del derecho fundamental de asistir a una manifestación que corresponde a todo ciudadano. Pero han de ser conscientes del deber ético que incide en su vida no estrictamente profesional de evitar toda actuación que pueda cuestionar la independencia o la confianza de la Sociedad en el Poder Judicial, lo que le llevará a actuar con moderación y prudencia sopesando si esa asistencia puede conculcar o poner en peligro esos valores y principios. A tal fin, ha de valorar cuál podría ser la percepción pública de su asistencia a una manifestación, y ponderar el disfrute de sus derechos como persona individual y la responsabilidad que deriva de la función judicial.

ii) El juez/a debe ser consciente de que su participación en una manifestación puede ser posteriormente analizada y publicitada, incluso en la cobertura de prensa o en las redes sociales. El juez/a debe comportarse en una manifestación como si su presencia pudiera ser conocida.

iii) La presencia en manifestaciones con ocasión de amenazas a la democracia, el Estado de Derecho y las libertades fundamentales y en defensa de las mismas, alejadas de la lucha partidista, merecerá un juicio ético positivo.

iv) Es desaconsejable desde una perspectiva ética que un juez asista a manifestaciones si: a) su participación puede poner en entredicho la confianza de la ciudadanía en la justicia; b) la manifestación está vinculada directa o indirectamente con un caso o grupo de casos pendiente ante los tribunales o que probablemente puedan llegar a presentarse ante los tribunales; c) su participación puede ser percibida como una toma de posición política o apoyo a una causa particular inapropiada; e) su asistencia puede colisionar con el desempeño correcto de las funciones judiciales. En suma, el juez/a debe actuar de forma precavida absteniéndose de asistir a manifestaciones o retirarse de ellas cuando se corra el riesgo de poner en tela de juicio la imparcialidad o independencia del sistema judicial.