🏠 ≡ Constitucional ~ Poder Judicial ~ Abogados, Procuradores y Graduados Sociales
- ABOGADOS [ 542 ]
- PROCURADORES DE LOS TRIBUNALES [ 543 ]
- JURAMENTO Y COLEGIACIÓN [ 544 ]
- DESIGNACIÓN [ 545.1 y 3 ]
- GRADUADOS SOCIALES [ 545.2 ]
- PODERES PÚBLICOS [ 546.1 ]
- RESPONSABILIDADES PROFESIONALES [ 546.2 y 3 ]
JURAMENTO Y COLEGIACIÓN.
1. Los Abogados, Procuradores y Graduados Sociales, antes de iniciar su ejercicio profesional, prestarán juramento o promesa de acatamiento a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.
2. La colegiación de los Abogados, Procuradores y Graduados Sociales será obligatoria para actuar ante los Juzgados y Tribunales en los términos previstos en esta Ley y por la legislación general sobre colegios profesionales, salvo que actúen al servicio de las Administraciones públicas o entidades públicas por razón de dependencia funcionarial o laboral.
