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- EFICACIA TEMPORAL DE LAS LEYES PENALES
- IRRETROACTIVIDAD DE LA LEY PENAL DESFAVORABLE
- RETROACTIVIDAD DE LA LEY PENAL FAVORABLE
IRRETROACTIVIDAD DE LA LEY PENAL DESFAVORABLE.
FUNDAMENTO Y REGULACIÓN.
Garantía o subprincipio del principio de legalidad en su vertiente material: garantía de la seguridad jurídica.
📕 Artículo 25 de la Constitución Española
1. Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento.
1. No será castigada ninguna acción ni omisión que no esté prevista como delito por ley anterior a su perpetración.
1. No será castigado ningún delito con pena que no se halle prevista por ley anterior a su perpetración. Carecerán, igualmente, de efecto retroactivo las leyes que establezcan medidas de seguridad.
CASOS PROBLEMÁTICOS.
▪️ Se aplica a la legislación extrapenal de complemento de las leyes penales en blanco (ej. catálogo de especies protegidas).
▪️ Se aplica a las medidas de seguridad y estados peligrosos.
▪️ Se aplica a los plazos de prescripción, que se consideran de naturaleza penal y no sólo procesal.
▪️ Se aplica a las leyes sobre ejecución de pena perjudiciales para el reo.
▪️ Se aplica a delitos compuestos o complejos y continuados.
▪️ No se aplica a delitos permanentes, por el mantenimiento de la antijuridicidad de la situación.
▪️ No se aplica a la responsabilidad civil derivada del delito.
▪️ No se aplica a la jurisprudencia, aunque ello choca con el TEDH.
