Ministerio Fiscal y Fiscalía Europea

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📕 Art. 541 LOPJ

1. Sin perjuicio de las funciones encomendadas a otros órganos, el Ministerio Fiscal tiene por misión promover la acción de la Justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley, de oficio o a petición de los interesados, así como velar por la independencia de los tribunales y procurar ante éstos la satisfacción del interés social.

2. El Ministerio Fiscal se regirá por lo que disponga su Estatuto Orgánico [ Ley 50/1981, de 30 de diciembre ].


📕 Artículo 24 de la Constitución Española