Agravantes penales

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📕 Artículo 22 del Código Penal

Son circunstancias agravantes:

7.ª Prevalerse del carácter público que tenga el culpable.


Fundamento y naturaleza.

Circunstancia agravante basada en una mayor gravedad de lo injusto, por el mayor desvalor del hecho que se produce debido al aprovechamiento de la condición pública del autor. Aumenta la antijuridicidad.

Elementos.

1.- Objetivo.

  • Efectiva ventaja para la comisión del hecho por la participación del sujeto activo en funciones públicas, sea como funcionario o de hecho.

2.- Subjetivos.

  • Conciencia y voluntad de prevalerse el autor de su carácter público para la comisión del hecho.