Servicio activo en la Carrera Judicial

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📕 Art. 349 LOPJ

1. Los Jueces y Magistrados estarán en situación de servicio activo

▪️ cuando ocupen plaza correspondiente a la Carrera Judicial,
▪️ cuando se encuentren adscritos provisionalmente,
▪️ cuando hayan sido nombrados Jueces adjuntos,
▪️ o cuando les haya sido conferida comisión de servicio con carácter temporal.

Idem. art. 176.1 del Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial

📕 Art. 176 del Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial

2. El disfrute de licencias y permisos reglamentarios no alterará la situación de servicio activo.