🏠 ≡ Constitucional ~ Régimen Electoral ~ Presentación y proclamación de candidatos
- PRESENTACIÓN DE CANDIDATOS [ 44 ]
- PARIDAD [ 44 bis ]
- PLAZO [ 45 ]
- DOCUMENTACIÓN [ 46 ]
- PUBLICACIÓN [ 47 ]
- MODIFICACIÓN Y BAJAS [ 48 ]
PUBLICACIÓN.
1. Las candidaturas presentadas deben ser publicadas el 🗓️ 22º día posterior a la convocatoria en la forma establecida por las disposiciones especiales de esta Ley.
2. 🗓️ 2 días después, las Juntas Electorales competentes comunican a los representantes de las candidaturas las irregularidades, apreciadas en ellas de oficio o denunciadas por otros representantes. El plazo para subsanación es de 🗓️ 48 horas.
3. Las Juntas Electorales competentes realizan la proclamación de candidatos el 🗓️ 27º día posterior a la convocatoria.
4. No procederá la proclamación de candidaturas que incumplan los requisitos señalados en los artículos anteriores o los que establecen las disposiciones especiales de esta Ley.
5. Las candidaturas proclamadas deben ser publicadas el 🗓️ 28º día posterior a la convocatoria, en la forma establecida por las disposiciones especiales de esta Ley.
