Procedimiento penal por injuria y calumnia contra particulares

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📕 Artículo 809 LECrim

El juicio deberá celebrarse dentro de los 🗓️ 3 días siguientes al de la presentación de la querella ante el Juez instructor a quien corresponda su conocimiento.

Si hubiere causa justa y se hiciere constar por certificación del Secretario, podrá ampliarse hasta 🗓️ 8 días el término para la celebración del juicio verbal.


📕 Artículo 812 LECrim

Celebrado el juicio en el día señalado y presentadas por el querellante las pruebas de los hechos que constituyan la injuria o calumnia verbal, el Juez acordará lo que corresponda respecto al procesamiento del querellado, dando seguidamente por terminado el sumario.


📕 Artículo 815 LECrim

Las sesiones del juicio se documentarán en el acta conforme a lo dispuesto en el artículo 743 de esta Ley.