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- INDUCIR O CONCERTAR A LA DECLARACIÓN DE GUERRA [ 581 a 583 ]
- ESPIONAJE [ 584 ]
- PROVOCACIÓN, CONSPIRACIÓN Y PROPOSICIÓN [ 585 ]
- DELITOS COMETIDOS POR EXTRANJEROS RESIDENTES [ 586 ]
ESPIONAJE.
📕 Artículo 584 del Código Penal.
El español que,
💡 con el propósito de favorecer a una potencia extranjera, asociación u organización internacional,
➗ se procure,
➗ falsee,
➗ inutilice
➗ o revele
información clasificada como reservada o secreta, susceptible de perjudicar la seguridad nacional o la defensa nacional,
será castigado, como traidor, con la pena de prisión de 6 a 12 años.
▪️ Cabe el error sobre el material clasificado.
▪️ La consumación se produce con la realización de las conductas que conforman la acción típica, aunque no se sea el destinatario final del espionaje.
▪️ Cabe la tentativa.
