Delitos de riesgo por explosivos y otras sustancias, organismos y construcciones

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📕 Artículo 349 del Código Penal

Los que en la

manipulación,
transporte
o tenencia

de organismos

contravinieren las normas o medidas de seguridad establecidas,
poniendo en concreto peligro

la vida,
la integridad física
o la salud de las personas,
o el medio ambiente,

serán castigados con las penas de

➕ prisión de 6 meses a 2 años,
➕ multa de 6 a 12 meses,
➕ e inhabilitación especial para el empleo o cargo público, profesión u oficio por tiempo de 3 a 6 años.