Objeto, necesidad e iniciativa de la prueba

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📕 Artículo 283 LECiv. Impertinencia o inutilidad de la actividad probatoria.

1. No deberá admitirse ninguna prueba que,
⚠️ por no guardar relación con lo que sea objeto del proceso,
haya de considerarse impertinente.

2. Tampoco deben admitirse, por inútiles,
aquellas pruebas que,
según reglas y criterios razonables y seguros,
en ningún caso puedan contribuir a esclarecer los hechos controvertidos.

3. Nunca se admitirá como prueba cualquier actividad prohibida por la Ley.

📕 Artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

1. En todo tipo de procedimiento se respetarán las reglas de la buena fe. No surtirán efecto las pruebas obtenidas, directa o indirectamente, violentando los derechos o libertades fundamentales.
[...]

📚 Prueba ilícita (8-2-2023)

📚 Caducidad de la acción de reclamación de la filiación sin posesión de estado por el progenitor e inadmisión de medios de prueba (23-8-2022)