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- RECEPTACIÓN [ 298.1 ]
- RECEPTACIÓN AGRAVADA [ 298.1 ]
- RECEPTACIÓN HIPERAGRAVADA [ 298.2 ]
- PUNIBILIDAD [ 298.3, 300 ]
RECEPTACIÓN HIPERAGRAVADA.
📕 Artículo 298 del Código Penal.
2. Estas penas se impondrán en su mitad superior a quien reciba, adquiera u oculte los efectos del delito para traficar con ellos.
⚠️ Si el tráfico se realizase utilizando un establecimiento o local comercial o industrial, se impondrá, además, la pena de multa de 12 a 24 meses.
⚠️ En estos casos los Jueces o Tribunales, atendiendo a la gravedad del hecho y a las circunstancias personales del delincuente, podrán imponer también a éste la pena de
➕ inhabilitación especial para el ejercicio de su profesión o industria, por tiempo de 2 a 5 años
➕ y acordar la medida de clausura temporal o definitiva del establecimiento o local. Si la clausura fuese temporal, su duración no podrá exceder de 5 años.
