https://interjuez.es/2023/02/28/la-diferencia-entre-el-tipo-medio-de-mercado-y-el-convenido-ha-de-ser-superior-a-6-puntos-porcentuales-para-considerarla-notablemente-superior-al-normal-del-dinero-a-los-efectos-de-reputar-usuraria-un/
La diferencia entre el tipo medio de mercado y el convenido ha de ser superior a 6 puntos porcentuales para considerarla notablemente superior al normal del dinero a los efectos de reputar usuraria una tarjeta revolving