🏠 Delitos de corrupción en los negocios
- UBICACIÓN SISTEMÁTICA E INTRODUCCIÓN
- CORRUPCIÓN EN EL SECTOR PRIVADO [ 286 bis ]
- COHECHO TRANSNACIONAL [ 286 ter ]
- SUBTIPOS AGRAVADOS [ 286 quater ]
- PUNIBILIDAD: EXCUSA ABSOLUTORIA POR VÍNCULO FAMILIAR [ 268 ]
- PUBLICACIÓN DE LA SENTENCIA [ 288 ]
- DELITO COMETIDO POR PERSONA JURÍDICA [ 288 ]
DELITO COMETIDO POR PERSONA JURÍDICA.
📕 Artículo 288 del Código Penal.
[…].
Cuando de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 bis una persona jurídica sea responsable de los delitos recogidos en este Capítulo, se le impondrán las siguientes penas:
1.º […].
2.º En el caso de los delitos previstos en los artículos 277, 278, 279, 280, 281, 282, 282 bis, 284, 285, 285 bis, 285 quater y 286 bis al 286 quater:
a) Multa de 2 a 5 años, o del triple al quíntuple del beneficio obtenido o que se hubiere podido obtener si la cantidad resultante fuese más elevada, cuando el delito cometido por la persona física tiene prevista una pena de más de 2 años de privación de libertad.
b) Multa de 6 meses a 2 años, o del tanto al duplo del beneficio obtenido o que se hubiere podido obtener si la cantidad resultante fuese más elevada, en el resto de los casos.
3.º Atendidas las reglas establecidas en el artículo 66 bis, los Jueces y Tribunales podrán asimismo imponer las penas recogidas en las letras b) a g) del apartado 7 del artículo 33.