🏠 ≡ Penal > Penal Especial > Hurto
- UBICACIÓN SISTEMÁTICA Y CARACTERES GENERALES
- HURTO TIPO BÁSICO [ 234.1 y 2 ]
- HURTO AGRAVADO [ 234.3 y 235 ]
- HURTO DE COSA PROPIA, HURTO IMPROPIO O FURTUM POSESSIONIS [ 236 ]
- PUNIBILIDAD: EXCUSA ABSOLUTORIA [ 268 ]
TEST.
17F1A07
En el delito de hurto, cuando el valor económico del mueble sustraído no exceda de 400 €, la conducta:
a) Se castiga como falta.
b) Se castiga como delito leve.
c) Es impune.
d) Todas las respuestas son correctas.
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18F2A17
El que siendo dueño de una cosa mueble, la sustrajere de quien la tenga legítimamente en su poder, con perjuicio del mismo o de un tercero, comete un delito de:
a) Apropiación indebida.
b) Hurto.
c) Usurpación.
d) Hurto impropio o furtum posesionis.
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18S1A04
El tipo básico del delito de hurto, requiere, entre otros elementos, que:
a) El valor de lo sustraído exceda de 500 €.
b) El valor de lo sustraído exceda de 100 €.
c) El valor de lo sustraído exceda de 400 €.
d) El valor de lo sustraído tenga valor económico, con independencia de su cuantía.
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21F13
Indique cuál de las siguientes circunstancias no constituye una agravante para el hurto y el robo:
a) Cuando revista especial gravedad, atendiendo al valor de los efectos sustraídos, o se produjeren perjuicios de especial consideración.
b) Cuando se sustraigan cosas de valor artístico, histórico, cultural o económico.
c) Cuando se trate de cosas de primera necesidad y se cause una situación de desabastecimiento.
d) Cuando se utilice a menores de 16 años para la comisión del delito.
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