Diligencias preliminares

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🔼 Diligencias Preliminares


APLICACIÓN DE LA CAUCIÓN.

📕 Artículo 262 LECiv. Decisión sobre aplicación de la caución.

1. Cuando se hayan practicado las diligencias acordadas o el Tribunal las deniegue por considerar justificada la oposición, éste resolverá mediante auto, en el plazo de 5 días, sobre la aplicación de la caución a la vista de la petición de indemnización y de la justificación de gastos que se le presente, oído el solicitante.

La decisión sobre aplicación de la caución será apelable sin efectos suspensivos.

2. Cuando, aplicada la caución conforme al apartado anterior, quedare remanente, no se devolverá al solicitante de las diligencias hasta que transcurra el plazo de 1 mes previsto en el apartado 3 del artículo 256.