El empleador debe pagar la tasa de renovación del Certificado de Aptitud Profesional del sector de transporte de viajeros por carretera

12-5-2021 El Tribunal Supremo fija que el empleador debe pagar la tasa de renovación del Certificado de Aptitud Profesional del sector de transporte de viajeros por carretera. La Sala de lo Social completa esa doctrina especificando que la obtención de la tarjeta que acredita esa formación continua, en cuanto necesaria para poder desarrollar las tareas productivas, “forma parte de la propia formación y su coste debe ser asumido por el empleador” (CGPJ)