La captación inconsentida de fotografías en lugares públicos y en momentos de la vida diaria de una persona que se aportaron como prueba documental en un juicio de faltas con el fin de acreditar que la misma no se encontraba impedida para comparecer en el juicio, no entraña intromisión ilegítima

Sentencia de la Sala 1ª del Tribunal Supremo 146/2014, de 12-3-2014, FD 7º, Ponente Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán, ECLI:ES:TS:2014:843