Equipos de investigación y protección medioambiental

A modo de propuesta de creación de los “EIPROM”.
Para Agentes de Protección de la Naturaleza en las Comunidades Autónomas.
Artículo escrito principalmente por Don Luis Lorenzo Catalá, q.e.p.d. y en homenaje al mismo.


Prefacio

“Equipos de Información y Protección Medio Ambiental” es un estudio en formato de propuesta dirigida en general a los Poderes Públicos, trabajo plasmado por escrito, con pequeñas aportaciones mías, por el malogrado Agente de Protección de la Naturaleza del Gobierno de Aragón, Don Luis Lorenzo Catalá (q.e.p.d.), y que, de común acuerdo con él, presenté en el “Encuentro de Magistrados y Fiscales del Foro Medio Ambiental”, de carácter Nacional, celebrado en Sevilla en junio de 2009, preparatorio del posterior Seminario Europeo de jueces y fiscales, sobre la proyección y evolución de la normativa ambiental del acervo Comunitario, celebrado en Sevilla en noviembre de 2010; “Conference of Portuguese and Spanish Judges anda Prosecutors on Enforcement of EU Environmental Law: Role of the Judiciary”, compartiendo la propuesta, junto con otras que transmití, como las de «Hacia una EUROPOL AMBIENTAL», y la propuesta de creación. junto con una Red de Fiscales o Fiscalía Medio Ambiental Europea, de «Institutos Ambientales Forenses», al servicio de la Administración de Justicia, como auxilio pericial integral de carácter científico y técnico – o al menos de consulta para la elección de organismos a los que re direccionar y exponer correctamente el objeto y metodología de una pericial (Universidades, Colegios Profesionales, Institutos como el Geográfico y Minero o el CSIC, etc.), a modo de Vademecum pericial al servicio de la labor de la Administración de Justicia, semejante a los actuales Institutos de Medicina Legal; labor en alguna medida hoy desempeñada por la Unidad Técnica al servicio de la Unidad especializada de Medio Ambiente y Urbanismo de la Fiscalía General del Estado.

ONE DOUBLE PROPOSAL

TOWARDS AN “ENVIRONMENTAL EUROPOL”

The detection and verification of the environmental offense or infraction must be done relying on well prepared, objective and impartial Government Agents (Agents of Authority). To anybody better than an Environmental Police is possible to apply the gloss “think globally, act locally”.

EUROPEAN ENVIRONMENTAL FORENSE INSTITUTE

The expert assistance for the evaluation of environmental infraction and offense must rely on well prepared, objective and impartial scientists.

A continuación, pues desarrollo lo que fue el trabajo realizado con Luis Lorenzo Catalá, a modo de «reedición», y a cuya memoria se lo dedico, deseando lo mejor para su familia.

EQUIPO PARA LA INVESTIGACIÓN Y PROTECCIÓN MEDIOAMBIENTAL (“EIPROM”)

1. Concepto y funciones.

• Definición
• Dependencia administrativa y coordinación con FFCCSS
• Investigación e inspección. Policía Judicial
• Toma de pruebas y muestras. Diligencias a prevención
• Actuaciones e informes medioambientales
• Declaraciones como Técnicos en causas judiciales
• Normativa a tener en cuenta

2. Personal, estructura y formación.

• Selección del personal
• Distribución de los equipos
• Cursos de formación
• Trabajos conjuntos con otros A.P.Ns.

3. Organización del trabajo.

• Reuniones
• Servicios de guardia de localización
• Servicios de censo
• Servicios de vigilancia
• Servicios de inspección e investigación
• Servicios en época de incendios
• Referencias y marco normativo

4. Material.

• EPI y material personal
• Material para toma de muestras e investigación
• Material para censos
• Material de vigilancia
• Vehículos.
• Oficina Medioambiental
• Otros apoyos

1. CONCEPTO Y FUNCIONES.

1.1.- Definición.

Un EQUIPO PARA LA INVESTIGACIÓN Y PROTECCIÓN MEDIOAMBIENTAL (EIPROM), estaría formado por Agentes para la Protección de la Naturaleza, como denominación de los cuerpos que de forma muy similar existen en las Comunidades Autónomas Españolas, y como así les refiere la Ley de Montes 43/2003, entre otras normas, artículo 6 q), en redacción dada por Ley 10/2006.

En respuesta a la nueva consideración de Policía Judicial “en sentido genérico” de los A.P.Ns, (Ley 10/2006, que reforma la Ley de Montes 43/2003, artículo 6, apartado q), como se dice), y precisamente para racionalizar y profundizar en dicha labor, los Equipos de Investigación en el seno de los distintos cuerpos de Agentes de Protección de la Naturaleza, existirían específicamente con el fin de realizar funciones de cuantificación y seguimiento de los valores medioambientales de cada Comunidad Autónoma.  Así como de prevención, inspección, investigación, información, aseguramiento y denuncia de las posibles agresiones que pueda sufrir el medio natural.  Actuando como Agentes de la Autoridad y en ocasiones como Policía Judicial (Artículo 126 de la Constitución, Ley Orgánica 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, 547 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y Ley de Enjuiciamiento Criminal), a la hora de poner en conocimiento del órgano administrativo o judicial competente, que dictamine las responsabilidades, de acuerdo con las denuncias, actuaciones, inspecciones, informes y pruebas aportadas por el EIPROM de las presuntas infracciones.

Su intervención, externamente, lo sería en coordinación con las Autoridades, Fuerzas de Orden Público y Protección Civil, no solo lógicamente en funciones de Policía Judicial, sino también en catástrofes naturales y situaciones medioambientales críticas, como personal técnico especializado.

Véase en estos momentos de situación de alarma nacional por Covid-19, como también despliegan una importante labor de apoyo como colectivo organizado y a disposición de las autoridades que asumen el mando en tales momentos.

1.2.- Dependencia administrativa y coordinación con Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Son unos equipos dependientes orgánicamente de la Administración Autonómica del Departamento de Medio Ambiente correspondiente, a quien atañe organizarlos y dotarlos, para actuaciones en coordinación con su organigrama interno en Áreas Medioambientales, Servicios Provinciales o como se denominen en cada Comunidad, y con despliegue y movilidad en todo el territorio de la respectiva Comunidad. Su lógica distribución lo sería territorialmente por Áreas Medioambientales para mejorar el apoyo al EIPROM por parte de los APNs., adscritos a ellas, y quizás una distribución provincial que favorezca su movilidad y su disponibilidad mediante turnos durante todo el año.

Esta dependencia orgánica y distribución territorial, no empece a su intervención con motivo de su especialización, ante eventuales situaciones delictivas, motivo por el cual funcionalmente dependerían de las Fiscalías, estando al servicio de la Administración de Justicia (Ley Orgánica del Poder Judicial, Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Ley de Enjuiciamiento Criminal, y Real Decreto de Policía Judicial 769/1987 e Instrucción 1/2008 de la Fiscalía General del Estado).

En definitiva son Equipos especializados de A.P.Ns., que añaden a su trabajo como tales, por ejemplo realizando y supervisando servicios de custodia y protección de la riqueza natural de la CC.AA. mediante su estudio y seguimiento, o por supuesto los de actas de denuncias administrativas bajo presunción de veracidad y objetividad, o diligencias a prevención, los de ser específicamente competentes para la escrupulosa toma de pruebas y muestras, estimación de posibles causas e instrucción de atestados donde consignar las debidas averiguaciones para el esclarecimiento de los hechos, con el valor de denuncia que les atribuye la LECrim. Asistencia en agresiones y catástrofes medioambientales. Información, asesoramiento y sensibilización del ciudadano.  Elaboración de informes, denuncias, encuestas y estadísticas, etc.

Funcionalmente estarán sujetos a lasInstrucciones generales y particulares de las Secciones de Medio Ambiente de las Fiscalías (Instrucción FGE 1/2008), a su vez en coordinación global y externa con Comisiones de Policía Judicial, a nivel provincial y/o autonómico, en las que intervendrán a través de sus propios coordinadores internos, que lo harán a modo de intendentes o “comisarios”.

El Equipo de Investigación y Protección Medioambiental podría estar formado por un Coordinador Provincial y al menos cuatro integrantes en cada Área Medioambiental, con una sede central en cada una de ellas.  Aunque se realicen funciones variadas por todos los APNs, cada miembro estará especializado en una disciplina.

1. Coordinador Provincial.

Agente para la Protección de la Naturaleza. Grupo C. Nivel 22.  Ejercería como Coordinador entre el Equipo, y la Administración correspondiente y Comisiones de Policía Judicial, así como con los Servicios Jurídicos del Departamento, Consejos de Protección de la Naturaleza, Conservación de la Biodiversidad, Parques y Espacios Naturales Protegidos, Incendios Forestales, Restauración Hidrológica Forestal, Institutos del Agua, Conservación y Restauración de la Cubierta Vegetal, Roturación, Cambio de Cultivo e Inmatriculación de Fincas, Planificación y Gestión de Montes, Vías Pecuarias, Aprovechamientos Forestales, Ordenación Cinegética y Piscícola, Caza y Pesca, Estudios,  Cartografía y Geología, Protección y Planificación Ambiental, Calidad Ambiental, Residuos Industriales, Residuos Urbanos y Asimilables, Expedientes Sancionadores, Educación y Sensibilización Ambiental, Direcciones Provinciales, Coordinadores de Área, Dirección General del Agua, Fiscalía de Medio Ambiente, Defensor del Pueblo, Justicia de Aragón, Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil, Policía Judicial, Policía Local, Guardería y Vigilancia Rural, Protección Civil, Comarcas, Ayuntamientos, Parques Culturales, Centros de Estudios y Fundaciones, Sociedades, Entidades y Particulares, etc.

Distribuye las Instrucciones Generales de las Juntas de Policía Judicial.

2. Jefe de Equipo.

Agente para la Protección de la Naturaleza, Nivel 20.  Deberá acreditar, con los suficientes conocimientos y formación precisa, al menos dos de las especialidades en las que trabaja el Equipo, podrá realizar trabajos de campo, servicios de vigilancia, de guardia de localización y atención continuada y cursos de educación ambiental, en una proporción asequible con el resto de sus funciones.

Es en cierta forma al que podemos considerar “Instructor de los atestados”, en su caso, el que requiere mayores conocimientos jurídicos en las funciones propias de Policía Judicial; Recibe directamente del Fiscal de Medio Ambiente las instrucciones y requerimientos, así como al que dirige los atestados, tras recibir y recabar datos por sí, por el resto del Equipo y por todos los Agentes en general – y en su caso por requerimiento de colaboración a otras personas o administraciones en aquellas cuestiones en las que estén facultados -, en definitiva plasmará las averiguaciones que realice.

Sus funciones principales serán las de coordinar los trabajos del personal a su cargo, distribuir los recursos materiales y supervisar los trabajos en curso.  Elaborar propuestas de trabajos y actuaciones, informes y estadísticas sobre su área.  Además de estas funciones específicas, podrá impulsar y supervisar la realización de artículos o estudios destinados a publicaciones específicas y divulgativas.

Realizará una propuesta de cuadrante trimestral, donde se indicarán los servicios a realizar por el equipo, guardias, compensaciones, permisos y vacaciones, para su aprobación por el Coordinador Provincial y la Dirección General, velando por su cumplimiento y el adecuado uso del material inventariado a su cargo.

3. Especialista en Incendios Forestales, Calidad Ambiental y otras Agresiones al Medio Ambiente.

Agente para la Protección de la Naturaleza.  Grupo C.  Nivel 18.  Experto en Causas de Incendios Forestales. Calidad Ambiental.  Minas. Contaminación por Vertidos y Residuos. Contaminación Atmosférica y Acústica. Calidad de Aguas.  Inspecciones a Empresas y Explotaciones Agropecuarias. Ordenación del Territorio y uso del Suelo.  Aprovechamientos en Montes. Obras y Tratamientos Forestales. Sanidad Vegetal. Patrimonio Estatal. Patrimonio Cultural. Vías Pecuarias. Uso recreativo y Social de los Recursos Naturales. Desarrollo Sostenible y Medidas Agroambientales.  Procedimiento y Fotografía Judicial. Manejo de Tecnología GPS e Informática. Manipulador de Productos Fitosanitarios y Productos potencialmente Peligrosos.  Podrá cooperar y ampliar formación con la Fiscalía de Medio Ambiente, Protección Civil, Servicio de Protección de la Naturaleza, Policía Judicial y Laboratorios Concertados.

Quizás sea el miembro más técnico del Equipo, tanto en la toma y aporte de muestras y pruebas, como en el desarrollo de la amplia normativa en Calidad Ambiental y Delito Medioambiental. Velando de que sea la propia administración la que cumpla ejemplarmente, a la hora de proyectar y ejecutar las obras y aprovechamientos de los recursos naturales a su cargo.  Participará en la Evaluación de Impacto Ambiental de las distintas obras y actuaciones, asesorando para la preservación de los valores naturales y culturales que puedan verse afectados.

4. Especialista en Vida Silvestre.

Agente para la Protección de la Naturaleza.  Grupo C.  Nivel 18.  Experto en conocimientos sobre Flora y Fauna. Censos, Muestreos y Catalogación. Parques y Espacios Protegidos, Legislación Medioambiental y Evaluación del Impacto Ambiental. Planes de Uso y Gestión.  Convenios Internacionales ratificados por el Estado Español.  Conocimientos de Escalada, Navegación a Motor y Equitación.  Manipulación de Especies, Anillamiento, Marcaje y Seguimientos.  Tráfico de Especies Alóctonas.  Inspección de Granjas y Criaderos. Control del Comercio de Especies en Centros de Distribución, Transporte y Venta.  Inspección, de los Permisos para la Captura, Posesión y Campeo de Especies.  Inspección de las Autorizaciones para Observación, Capturas, Marcajes y colocación de Nidales con Fines Científicos de Especies de la Fauna Silvestre, y de los Planes de Recuperación.  Fotografía Científica.  Podrá supervisar trabajos con Enlaces y APNs, Cooperación en el mantenimiento de la Estación Biológica designada. Asesoramiento y Educación Ambiental en Centros de Interpretación de la Naturaleza, Colegios, Universidades, Facultades, Consejo de Protección de la Naturaleza, Sociedades, Fundaciones, Expertos Naturalistas y Empresas Colaboradoras.

El estudio y conocimiento científico de la riqueza natural de las CC.AA. implica la realización de estudios de una forma delicada e inocua para el medio y los seres que vamos a observar y manipular.  Las prestaciones de estos profesionales han de mezclar sus conocimientos de la naturaleza, con una versatilidad para el acceso a los diferentes ecosistemas de Aragón y su estudio continuo para predecir la evolución y problemática, participando en la elaboración de los estudios de impacto ambiental de la zona.

La mejora importante de las vías de acceso y comunicación además de la situación geográfica de la región, implica el tránsito y almacenamiento de especies vegetales y animales que pueden generar problemas de sanidad vegetal y epidemias, influyendo de forma catastrófica sobre biotopos muy especializados, o en poblaciones aisladas con las sueltas de mascotas exóticas y las fugas de granjas y criaderos.  La inspección de mercancías, centros de distribución y comercios aportará datos sobre las distintas especies, las precauciones y medidas a tomar en caso de situación crítica.

5. Especialista en Vigilancia, Caza y Pesca.

Agente para la Protección de la Naturaleza.  Grupo C.  Nivel 18.  Experto en Fauna Cinegética y Piscícola, Inspecciones a Criaderos, Piscifactorías, Fincas, Acotados y Reservas de Caza. Supervisión de Sueltas, Capturas, Censos, Muestreos y Manejo de Especies. Inspección y Seguimiento de Planes Técnicos de Aprovechamiento Cinegético.  Poseedor de Licencia de Armas en vigor.  Conocimientos de Defensa Personal.  Conocedor de Artes y Métodos Legales e Ilegales de Captura.  Supervisión de Vigilancia y Actuaciones contra el Furtivismo, afecciones a la Ley de Caza y de Pesca.  Tráfico de Especies y Trofeos.  Conocimientos de Escalada, Navegación a Motor y Equitación.  Podrá Supervisar trabajos con Federaciones y Sociedades Cinegéticas, Expertos y Empresas Colaboradoras.

La actividad cinegética en las CC.AA. representa una actividad importante en el disfrute de los recursos naturales, para seguir conservando las distintas especies de una forma ordenada y racional, es preciso un conocimiento de la problemática e inquietudes de los colectivos implicados, de la fauna y ecosistemas sobre la que se desarrolla la actividad.

La realización de determinados servicios de vigilancia y control del furtivismo, pueden dar lugar a situaciones de cierto riesgo y peligrosidad, que deberán resolverse de forma segura con prudencia e inteligencia y el debido conocimiento de las distintas técnicas de actuación de los infractores.

Existen circunstancias en las que el sacrificio de animales heridos y enfermos les exime de sufrimientos innecesarios.  El control de ejemplares domésticos asilvestrados, se hace necesario para preservar la seguridad y las repercusiones en el medio natural y rural, de una forma discreta y efectiva por personal cualificado.

1.3.- Investigación e Inspección.

Presentado el equipo designado del EIPROM en labores de inspección o en el lugar de la presunta infracción o delito, mediante la localización de los APNs de Guardia o por un dispositivo previamente montado al efecto.

Procediendo a una minuciosa inspección del terreno, realizando la toma de datos y testimonios de infractores, testigos, Fuerzas de Orden Público, APNs y demás concurrentes.  Se confeccionará el oportuno reportaje de video o foto determinante.  Recogida, precintaje de muestras y pruebas, además de su traslado a los Centros Concertados.  Redacción de las Actas pertinentes.  Decomiso de armas, artes y especies vivas o muertas, procediendo a realizar la primera evaluación y atención antes del traslado a los centros pertinentes de entrega; los agentes podrán entrar en fincas públicas o privadas, siempre que no constituyan domicilio, a fin de realizar las investigaciones y diligencias preventivas imprescindibles ante sospechas de delito (artículo 13 LECrim.); citar la importante sentencia del Tribunal Constitucional 214/2015, que declaró nula por inconstitucional – contrario entre otros al artículo 45 de la Constitución Española, la ley de la CCAA de Madrid que en un precepto obligaba a los agentes a interesar la autorización judicial, por ser contradictorio con la Ley de Montes y la perentoriedad de la precaución y garantía de la protección ambiental.

El seguimiento de las actividades y actuaciones de extracción, transformación y almacenaje, potencialmente peligrosas para el Medio Ambiente o la Salud de la Población. Mediante unos servicios de Inspección programados habitualmente en la zona de actuación del Equipo, o derivados de situaciones de emergencia.

Se realizará un informe ante el Jefe de Equipo, para que una vez asesorado, dictamine la necesidad de ampliación de la investigación o formalice el oportuno Atestado, Denuncia o Informe ante el órgano competente, dando conocimiento al Coordinador Provincial y los Servicios Administrativos. Su labor podría denominarse “actos de investigación ordinarios”, que no supongan investigaciones propias de Unidades Orgánicas especiales (Agente encubierto, investigación tecnológica, entradas y registros en domicilio o volcados de datos de ordenadores, en general que requieran autorización judicial).

1.4.- Toma de Muestras y Pruebas.

Las muestras y pruebas recogidas en los Servicios de Investigación, Inspección, Vigilancia y Censo donde la Administración de la Comunidad Autónoma sea la competente para su estudio y resolución.  Deberán ser remitidas a laboratorios y organismos de control debidamente autorizados por dicha Administración (pensemos por ejemplo en el IREC de la Universidad de Castilla la Mancha en análisis de venenos, el Instituto Nacional de Toxicología, Laboratorios de Criminalística de la Guardia Civil, etc.), para la recepción de las muestras, análisis y emisión de un dictamen científico de las pruebas requeridas, con especial vigilancia en la cadena de custodia.

Laboratorios, en su caso, de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma.
Laboratorios de Ensayo acreditados en la Comunidad.
Laboratorios concertados y Red Regional de Inmisión de Contaminantes.
Laboratorio de Bajas Actividades de la Comunidad Autónoma.
Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica.
Facultad de Veterinaria de las Universidades.
Entidades colaboradoras en Materia de Calidad del Agua.
Centro de Información Meteorológica.
Centros de Recuperación de Fauna Silvestre.

1.5.- Actuaciones e informes medioambientales.

Especial importancia presenta el estudio previo (Evaluación del Impacto Ambiental) y seguimiento de grandes obras de Infraestructura, Industriales, Planes de Ordenación de Recursos Naturales, actividades de Desarrollo Sostenible, y todas aquellas con implicación directa o indirecta en el Medio Natural.  El EIPROM colaborará con los técnicos competentes en el estudio previo de la posible área afectada, establecimiento de condicionantes técnicos y su cumplimiento durante la realización de la obra y la actividad autorizada, así como de la evaluación y seguimiento posterior de las posibles afecciones generadas.

El equipo estará igualmente capacitado para realizar informes de afecciones, daños y accidentes causados en la agricultura, ganadería, infraestructuras y bienes particulares, por las distintas especies de la flora y fauna, tanto catalogada o cinegética, de propiedad y gestión particular o estatal.

1.6.- Declaraciones como Técnico en Causas Judiciales.

Las Denuncias, Actas de inspección, Actas de Levantamiento de Cadáveres, Actas de Toma de Muestras, Actas de Testimonio, Actas de Decomiso y Entrega e Informes remitidos por los APNs cuando realicen sus funciones administrativas tendrán la presunción de veracidad sobre su contenido; en el ámbito penal el atestado y demás actuaciones deben ser ratificadas en juicio oral en su caso, con la consideración de testigos, de peritos o de ambos simultáneamente, según la intervención.

1.7.- Normativa a tener en cuenta.

Es conveniente definir la legislación con competencias a desarrollar por los APNs en general, y las leyes de las que se debe tener conocimiento por estar, directa o indirectamente, relacionada con la conservación del Medio Natural, en general versarán sobre:

  • Legislación sobre Calidad Ambiental: Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas. Residuos Tóxicos y Peligrosos. Actividades Clasificadas. Residuos Sanitarios. Residuos Sólidos Urbanos. Residuos de Construcción y Demolición. Ordenación de las Explotaciones y Residuos Ganaderos. Gestión de Cadáveres. Sanidad Animal. Residuos No Peligrosos. Residuos Especiales. Gestión y Registros de Residuos. Vertidos de Aguas Residuales. Instalaciones de Incineración. Metales Pesados. Agentes Químicos. Envases. Riesgos en los accidentes graves con Sustancias Peligrosas y Accidentes Mayores. Prevención y control de la Contaminación. Plaguicidas. Comercialización y uso de Sustancias y Preparados Peligrosos. Contaminación Atmosférica y perturbaciones por Ruidos y Vibraciones. Instalaciones de Combustión, Centrales Termoeléctricas y de Hidrocarburos.  Registros y Control de las Emisiones Contaminantes. Sistema de Gestión y Auditorías Medioambientales. Protección del Ozono. Perturbaciones Radioeléctricas e Interferencias. Condiciones y Contaminación Acústica. Aeronaves Subsónicas. Actividades, Distribución e Instalaciones de Energía Eléctrica. Recursos Mineros, Energéticos y Restauración de Espacios Afectados. Energía Eólica. Evaluación de Impacto Ambiental. Desarrollo Sostenible.
  • Legislación sobre Biodiversidad: Conservación de los Hábitats Naturales y de la Fauna y Flora Silvestres. Planes de Ordenación de Recursos Naturales. Espacios Protegidos y Parques Nacionales. Planes de Uso y Gestión de Parques Naturales. Protección Urbanística. Turismo. Gestión y Usos del Suelo. Núcleos Zoológicos. Especies Amenazadas. Planes de Conservación. Convenios Internacionales (Berna, Bonn, Ramsar, CITEs). Organismos Nocivos para los Vegetales. Animales y Productos procedentes de Centros de Cría. Contrabando. Animales potencialmente Peligrosos.
  • Legislación sobre Montes: Condiciones Técnicas de los Aprovechamientos Forestales. Vías Pecuarias.  Explotaciones Apícolas. Aprovechamientos de Setas y Trufas.  Plagas Forestales. Acampadas.  Áreas Recreativas. Circulación de Vehículos a Motor. Incendios Forestales. PROCINFO. Protección Civil.
  • Legislación sobre Aguas: Dominio Público Hidráulico. Regularización y Control de Vertidos en Aguas Residuales. Saneamiento y Depuración. Ordenación en la Gestión del Agua. Acuíferos, captaciones y recargas.
  • Legislación sobre Pesca: Especies objeto de Caza y Pesca y su Comercialización. Gestión de los Cotos Deportivos. Protección Especial por interés Piscícola o Ecológico. Navegación. Piscifactorías.
  • Legislación sobre Caza: Especies objeto de Caza y Pesca y su Comercialización. Reglamento de Armas. Licencias y Revistas de Armas. Reglamento de Explosivos. Señalización, Gestión y Mejora Cinegética.
  • Otras: Normativa de Sanidad. Urbanismo y Ordenación del Territorio, Animales Domésticos y Bienestar animal, Patrimonio Histórico; actividades Arqueológicas y Paleontológicas. Y por supuesto Declaraciones y Convenios Internacionales, tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y Carta de Derechos Fundamentales de la Unión, Constitución Española, Ley Orgánica del Poder Judicial, Ley de Enjuiciamiento Criminal, Código Penal, etc.

2. PERSONAL, ESTRUCTURA Y FORMACIÓN.

2.1.- Selección de Personal.

De reconocido prestigio entre compañeros y personal de la Administración en el desarrollo de su actividad como APN, en la multitud de facetas que tienen encomendadas, manteniendo una actitud comprometida con la defensa de la legalidad vigente en asuntos comprometidos como la Caza, Pesca y Calidad Ambiental.  El estudio y protección de los valores naturales de la Comunidad Autónoma con la participación en las campañas de Extinción de Incendios forestales, en Censos y Muestreos a nivel local, autonómico o nacional.  Manteniendo una reputación y ética honesta en su trayectoria laboral.  Con una clara experiencia en las facetas más importantes del trabajo, un mínimo de 5 años de antigüedad y una formación complementaria de al menos 15 Cursos específicos para APNs, o 300 horas lectivas.  Igualmente, importante es la labor desarrollada en el ámbito de la Educación Ambiental con la colaboración en Tutorías de Formación en Centros de Trabajo y Escolares para alumnos de Ciclos Formativos de Escuelas o Institutos.  Sistema de Concurso según el Decreto de Promoción.

Los APNs adscritos al Equipo llevarán, cuando estén realizando sus funciones y competencias, en el uniforme un distintivo de especialización.  Además, se pueden realizar servicios de paisano, si las condiciones y necesidades lo requieren.  Debiendo dar a conocer su condición, con el carné profesional acreditativo de Agente para la Protección de la Naturaleza, si tuviera la necesidad de actuar como tal, aún estando libre de servicio.

2.2.- Distribución de los Equipos.

La ubicación de cada equipo se realizará, a ser posible, en la Sede Central de cada Área Medioambiental, Oficinas Delegadas, Oficinas Comarcales Agroambientales o edificios e instalaciones del Gobierno Autonómico.

El área de actuación habitual de los equipos vendrá influenciada por la propia extensión del Área Medioambiental y de las Oficinas Comarcales que la constituyen, de los Espacios Naturales Protegidos y Valores Naturales, de las distintas conexiones geográficas, forestales, hídricas e infraestructuras.  Pudiendo darse zonas de solapamiento entre zonas de actuación de los Equipos.

2.3.- Cursos de Formación.

  • Vigilancia Medioambiental.  El Delito Ecológico.
  • Dasometría y Ordenación de Montes.
  • Interpretación Cartográfica.
  • Sanidad Forestal.
  • Extinción de Incendios Forestales.
  • Dirección de Extinción de Incendios Forestales.
  • Introducción a la Ecología General.
  • Interpretación de la Naturaleza.
  • Conservación de la Biodiversidad.
  • Identificación de Plantas Catalogadas.
  • Avance sobre la Flora Amenazada.
  • Bases Teóricas de Ecología Fluvial.
  • Intervención de los APNs en los Procedimientos Sancionadores en Materia de Espacios Naturales Protegidos, Flora y Fauna Silvestre.
  • Actuaciones en Supuestos de Envenenamiento de Especies de Fauna Silvestre.
  • Técnicas de Radioseguimiento de Fauna Silvestre.
  • Pesca.
  • Caza.
  • Tendidos Eléctricos.
  • Prevención de Riesgos Laborales.
  • Otros a determinar según la evolución de trabajos y asimilación de tareas.
  • Calidad Ambiental.
  • Manejo de GPS y de Instrumental para la Toma de Datos.
  • Conocimientos Básicos de Informática y Correo Electrónico.
  • Patrimonio Cultural, principales valores Arqueológicos e Históricos.
  • Conocimientos de Geología y Entornos.
  • Interpretación Ambiental.
  • Fotografía Científica y Judicial.
  • Causas de Incendios Forestales.
  • Inspecciones a Empresas y Explotaciones Agropecuarias, Granjas y Criaderos.
  • Legislación Comercial, Aduanera y Contrabando.
  • Normativa Comunitaria en materia de Medio Ambiente.
  • Conocimientos Generales de Botánica y Micología.
  • Conocimientos Generales de Fauna.
  • Métodos de Censos, Muestreos, Anillamientos y Marcajes.
  • Catalogación y Toma de Datos Biométricos de Especies de Caza y Catalogadas.
  • Artes de Furtivismo y Métodos de Captura y Apresamiento Ilegales.
  • Manejo y Conocimiento de Armas.
  • Conocimientos de Defensa Personal.
  • Titulación Básica para la Navegación de Embarcaciones a Motor.
  • Curso Básico de Escalada y Actuaciones en Nidos de Especies Catalogadas.
  • Curso de Manipulador de Productos Fitosanitarios.
  • Conocimientos Básicos de Equitación.
  • Conocimientos de Esquí y desplazamientos en Zonas de Alta Montaña.
  • Curso de Conducción de Vehículos 4 x 4.
  • Curso de Primeros Auxilios y Protección Civil.
  • Patrimonio Cultural, principales valores Arqueológicos e Históricos de la CC.AA.
  • Cursos a Nivel Nacional: organizados en el territorio español por las distintas administraciones centrales y autonómicas, organismos concertados y privados de carácter benéfico y no lucrativo.
  • Ferias y Congresos: realizando una exposición del trabajo elaborado por el Departamento y todo el personal asignado.
  • Sistema de Intercambio con otros países: dentro de la Comunidad Europea, o con otras naciones de nuestro entorno. Interpol, Europol, etc.

2.4.-  Trabajos conjuntos con APNs.

Independientemente de la organización de las Áreas Medioambientales y de las Comarcas y su posible evolución.  Los trabajos a realizar por el EIPROM pueden y deben estar coordinados en sus distintas actuaciones con los APNs de las demarcaciones, y los enlaces ya establecidos (Plagas, Investigación de Incendios Forestales, Vida Silvestre…).

La previsión en las reuniones quincenales, con la asistencia Coordinador del AMA y su personal, que esté implicado en las distintas actividades a programar en conjunto.

3. ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO.

3.1.- Reuniones.

  • De Coordinadores Provinciales y Jefes de Equipo

Trimestral, de todos los Coordinadores, Jefes de Equipo y Especialistas solicitados, con la Dirección del Departamento.  Si se estima oportuno, se puede requerir la asistencia de Coordinadores de AMAs, Direcciones Provinciales y Personal de las Direcciones y Servicios de Medio Ambiente y de la Administración de la CC.AA. Gabinete Jurídico, Fiscalía, Directores de Espacios Protegidos, Miembros de las FOP, Protección Civil, Dirección de Comarcas, Ayuntamientos, Parques Culturales, Sociedades, Entidades, Centros de Formación y Estudios Científicos, Directivos de Empresas y Particulares.

Se debatirá un Orden del Día:

1.-  Propuesta y aprobación de un Cuadrante Trimestral donde se recojan los distintos servicios a realizar por los integrantes de los Equipos, y propuesta de otras actividades a desarrollar a medio plazo.

2.-  Evaluación de las actuaciones y actividades ya resueltas.

3.-  Actualización y debate de los trabajos en curso, en especial de las actuaciones problemáticas, pudiendo solicitar el asesoramiento e información de personal de la Administración, o Entidades y Particulares.

4.-  Organización de los medios a designar para los servicios, para un correcto aprovechamiento y custodia.

5.-   Realización de una Memoria Anual de Actividades y Resultados.

  • De Equipo

Mensual, con la presencia del Equipo al completo, salvo imprevistos.  Se contará con la asistencia del Coordinador del AMA y los APNs requeridos que ejerzan labores de cooperación en los servicios a desarrollar, intentado un acoplamiento con las tareas de las demarcaciones y las asignadas en el correspondiente cuadrante del AMA.  Se realizará una actualización de los trabajos y la delimitación de los Grupos de Trabajo.  Planificación de futuros cuadrantes y actividades.

  • Extraordinarias

A requerimiento de la Jefatura del Departamento, Dirección General y Coordinadores Provinciales, y en situaciones de emergencia de la CC. AA o en el Estado Español.  Pudiendo estudiarse la posibilidad de enviar equipos especializados, a otras comunidades y países con situaciones medioambientales críticas, como ayuda oficial.

3.2.- Servicio de Guardia de Localización.

  • Los APNs especializados en Incendios Forestales y Agresiones al Medio Ambiente mantendrán por turnos, las mismas características que una Guardia de Localización en época de peligro, pero sin realizar servicio de Retén, pudiendo ser requeridos para la prestación de servicios específicos dentro de su ámbito de especialización por el Jefe de Equipo, Director de Extinción, Técnico de Guardia Provincial, Regional o Directores Provinciales y Dirección General, o bien acudiendo por cercanía y previo aviso a la Emisora de Incendios,  a todos los incendios forestales u otro tipo de incidencias que puedan haberse producido por causas no naturales, con Servicio de Presencia para informar y realizar la correspondiente actuación.

Durante la época de mínima activación de medios permanecerán dos APNs de localización en cada Provincia, aumentando a tres en la época de máxima activación de medios.

  • El resto de Especialistas del Equipo, podrá ser requerido para realizar sus funciones en labores de Vida Silvestre y Vigilancia, por el Jefe de Equipo, Técnico de Guardia, Director Provincial y Director General, mediante turnos de 24 horas, manteniendo dos APNs de localización en cada provincia permanentemente.  Igualmente constarán en cuadrante, independientemente del trabajo asignado en el Área y con las mismas obligaciones y devengos que las Guardias de Localización en días laborales o festivos, y de Presencia si fuera necesario su servicio.

3.3.- Servicios de Censo.

Con la cooperación y asesoramiento de Expertos y Personal Científico acreditado se establecerá el calendario y la distribución de los recursos humanos y materiales.  Los Servicios irán incluidos en el habitual cuadrante del Equipo, así como las distintas compensaciones y devengos.

• Censos habituales sobre Especies Cinegéticas y Alóctonas:

  1. Acuáticas: En todas las zonas húmedas de la CC.AA. a ser posible mensual, poniendo especial atención en las invernantes.
  2. Caza menor: Se prestará especial atención a la Perdiz y Codorniz en montes públicos y en Acotados seleccionados, donde se realizarán estadísticas, encuestas, toma de datos para control de su estado sanitario, y estudios en colaboración con los asociados.
  3. Cabra: Trianual por cuencas hidrográficas.
  4. Ciervo: Anual en Reservas de Caza y cada tres años en el resto de territorios con poblaciones estables.
  5. Sarrio: Por Valles, Reservas y Espacios Protegidos cada tres años, pudiendo realizarse censos programados y simultáneos con países o comunidades autónomas colindantes.
  6. Corzo: Delimitación clara de las zonas con una población estable y prospección continua, en las propensas para la expansión.
  7. Lagomorfos y zorro: Se seguirán manteniendo los transectos nocturnos con foco adicional, una vez al mes durante todo el año, en varios territorios tipo seleccionados, que pueden ir rotando cada temporada.
  8. Rapaces rupícolas: Delimitación y ubicación de territorios y zonas de cría en un soporte informático de acceso restringido de las aves más interesantes (Águila Real, Perdicera, Quebrantahuesos, Alimoche, Buitre Leonado, Búho Real y Halcón Peregrino) con un estudio de su evolución y productividad, mediante un seguimiento programado.
  9. Especies introducidas o asilvestradas: Realización de prospecciones con trampeo, censos y muestreos sobre aves, vacas, cabras, perros, gatos y otras mascotas asilvestradas, tanto en zonas rurales como en zonas urbanas. Realizando un control exhaustivo sobre granjas de animales de peletería, lombrices, caracoles, ranas, piscifactorías…
  10. Pesca: Control y censo periódico de las principales zonas de pesca, sobre las especies que se desarrollan actualmente, mediante métodos de captura inocuas sobre la biodiversidad acuática, con toma de muestras para la catalogación de la calidad del agua, conjuntamente con Institutos del Agua del Gobierno Autonómico. Toma de datos biométricos, muestras, encuestas y estadísticas con la colaboración de Federaciones, Sociedades y acotados.
  11. Aves Migratorias: Censos coordinados, sobre todo en zonas húmedas o lugares de descanso y dormideros, en época de paso. Recogida de muestras para análisis de su estado sanitario en prevención de epidemias.
  12. Especies vegetales y animales alóctonas: Realización de un mapa de distribución y zonas de posible colonización de especies foráneas y transgénicas.
  13. Sanidad Vegetal: Mantenimiento de un sistema de trampeo selectivo asesorados por los Laboratorios de Plagas Forestales.
  14. Otros: Según vayan surgiendo necesidades.

• Censos de especies con Plan de Recuperación: Seguir las líneas de trabajo definidas en cada plan específico y prospección de zonas propensas a la colonización por otras especies con este status a nivel autonómico, nacional o comunitario, supervisando el mantenimiento y aportes de comederos o mediante la toma de muestras biológicas, trampeo fotográfico y una discreta vigilancia complementaria sobre poblaciones o individuos aislados.

• Estación Biológica: Mantenimiento conjunto con Vida Silvestre de
Estaciones Biológicas, diversificadas sobre los distintos ecosistemas y Espacios Naturales Protegidos de la CC.AA, con tareas periódicas de mantenimiento, censo, capturas, marcajes y seguimientos, participación en la redacción de informes, encuestas y estadísticas.

ESTACIONES BIOLÓGICAS FIJAS aprovechando la infraestructura existente de edificaciones, observatorios y la red de comederos y muladares para la fauna.

ESTACIÓN BIOLÓGICA MÓVIL con conductor asignado, movilidad regional, cuadrante de itinerario y estancias en las zonas designadas.

3.4.- Servicio de vigilancia.

En directa cooperación con el resto de APNs., pertenecientes al AMA se realizarán encuestas para la localización, estudio e investigación de posibles actividades de furtivismo.  Que, tras un cierto seguimiento y planificación de recursos humanos y materiales, se actuará en consecuencia con el grado de peligrosidad y dificultad del servicio, con la máxima prudencia y apoyo de Guardia Civil, SEPRONA, Guardería Comarcal y Particular, si fuera preciso.  Se establecerán los servicios de acuerdo con las épocas de vedas y vulnerabilidad de las distintas especies y las zonas con cierta actividad.

Puede llegar a estudiarse la posibilidad de que ciertas actuaciones sean hechas por personal de otras comarcas o Especialistas de otras Áreas, debido a las situaciones de conflictividad que pueden darse.  Ciertos servicios podrán realizarse de paisano debido a características especiales.

3.5.- Servicios de inspección e investigación.

Con el creciente aumento de Empresas, Industrias, Actividades y Explotaciones que se establecen en determinadas zonas y su adecuación a la normativa sobre Calidad Ambiental, para evitar daños y efectos nocivos a las personas y al medio natural.  Se deben establecer una serie de inspecciones, toma de datos y controles periódicos de estas actividades, de acuerdo con las prioridades y problemática de las distintas Áreas.

En caso de que se produjeran efectos dañinos sobre el Medio Ambiente, se procederá a la toma de datos, muestras, declaraciones y averiguaciones necesarias para la investigación de los hechos, valoración de la gravedad de la situación, efectos a distintos plazos y sus medidas correctoras.  Posteriormente se procederá a poner en conocimiento de la autoridad judicial o administrativa correspondiente de la denuncia, expediente o informe.

3.6.- Servicios en época de peligro de incendios forestales.

En época de máximo riesgo de incendio o de máxima activación de medios.  Los miembros del Equipo podrán integrarse en las tareas de Vigilancia, Prevención y Extinción de Incendios Forestales, como vigilantes móviles o APNs de servicio con Cuadrillas de Retén, pero siempre como apoyo a los medios ya establecidos en la campaña, en condiciones extraordinarias y a requerimiento del Jefe de Equipo, Coordinador Provincial, Técnico Regional, Director Provincial y Director General.

Los Especialistas en Incendios, mantendrán un cuadrante con Guardias de Localización de tres APNs por Provincia en la Época de máxima activación de medios, y dos el resto del año.

4. MATERIAL.

4.1.- Material personal y Equipo de Protección Individual.

• Uniforme y distintivos.
• EPI incendios.
• Portófono y teléfono móvil codificado.
• P.D.A. personal.
• Botiquín de campo.
• Monos, guantes y mascarillas desechables.
• Frontal y linterna de carga en red.
• Guantes de cuero variados.
• Botas de agua.
• Vadeador de neopreno.
• Dos bolsas de transporte y una mochila mediana.
• Prismáticos de calidad.
• En zonas de alta montaña, equipo más personalizado.

4.2.- Material para inspección, investigación, toma de muestras y transporte.

• Maletas de reforzadas y estancas.
• Mochilas de transporte y personales.
• Nevera portátil.
• Cámara de fotos digital con macro y zoom 28-210 mm.
• Tabla centimetrada referencial.
• Medidor de ruidos.
• Anemómetro.
• Higrómetro (humedad relativa).
• Termómetro (agua y aire)
• Phímetro (líquido calibrador y agua destilada).
• Conductividad.
• Potencial Redox.
• Cinta métrica.
• Flexómetro.
• Brújula compas.
• Curvímetro.
• Clisímetro.
• Calibre Pie de Rey.
• Linterna de carga en red.
• Botes de muestras de 250, 500 y 1.000 cc.
• Cajas precintables de dos tamaños.
• Etiquetas de muestras y datos, adhesivas, plásticas y cartón.
• Bolsas de plástico.
• Bolsas de basura con asas.
• Papel aluminio y plástico.
• Tenaza y precintos.
• Cortalambres.
• Bisturí.
• Navaja.
• Guantes látex y cuero.
• EPIs desechables.
• Lupa.
• Cinta plástica y adhesiva D.G.A.
• Grabadora.
• Picoleta.
• Bramante o cuerda fina y piquetas.
• Banderines de dirección de paso de fuego blancos y rojos.
• Paletas de diversos tipos y tamaños.
• Imán.
• Cepillo, brocha y pincel.
• Arcón congelador con cierre de seguridad.
• Motosierra y equipo de protección.
• Emisora banda aérea, con cargador y pila de repuesto.
• Legislación vigente.
• Cartografía de la CC.AA.
• Carta arqueológica y mapas geológicos de Aragón.
• Actas de levantamiento y toma de muestras.
• Actas de entrega.
• Actas de testimonio.
• Cuaderno de campo.

4.3.- Material para censos y vida silvestre.

• Equipo de mimetización: Hide portátil y malla de camuflaje para vehículos, estructura de barras, vientos y piquetas, maza y azada, loneta y esterilla, bolsa de lona impermeable, mochila de transporte. A compartir con Vigilancia.
• Equipo óptico: prismático personal, catalejo y funda, trípode y pinza de fijación a ventanilla, bolsa de lona impermeable, mochila de transporte.
• Equipo de manipulación de especies: mono resistente, polainas loneta, guantes de varios modelos, mascarillas, gafas de protección, casco con visor protector, barra-lazo de sujeción para mamíferos, sacadera desmontable, cerbatana con dardo adormecedor, red y manta amplias y resistentes, surtido de cajas de cartón para transporte, caja de madera para mamíferos, sacos de tela en varios tamaños, sacos de plástico resistente, bidones herméticos de distinta capacidad, equipo para pesca eléctrica y gancho para ofidios.
• Equipo de anillamiento, y marcaje: tabla de planchar, reglas de medición, bolsas colectoras, redes japonesas y cepos malla, clavijas, azada, martillo, juego de alicates lambournes, soporte y cono de pesaje, juego de pesolas y balanza, anillas de distintas medidas y materiales, caja de herramientas.
• Equipo de radioseguimiento: Antena y receptor, lista de frecuencias.
• Equipo de trampeo (jaulas y cajas trampa, lazos y cepos amortiguados y rastros (material para realizar moldes).
• Equipo de toma de muestras biológicas.
• Equipo de toma de muestras vegetales: Azada y tijera de podar, lupa y claves de determinación de especies vegetales, cuaderno de notas, bolsas de plástico de distintos tamaños y texturas, prensa para plantas, pliegos de papel, cartón ondulado.
• Equipo fotográfico digital: material estándar para fotografía científica y de naturaleza.
• Legislación vigente.
• Cartografía de la CC.AA.
• Apoyo bibliográfico: Tenencia de una base de publicaciones estatales, guías de naturaleza y revistas especializadas.
• Equipo de básico de escalada para dos personas (Arnés de pecho, arnés de doble cintura, casco con pantalla, descensor autofrenable, agarre en Y, descensor autofrenable para una cuerda, puño bloqueador, pedal regulable de cinta, bloqueador de autoseguro, polea bloqueador, mosquetones asimétricos automáticos, mosquetones simétricos manuales, mosquetones asimétricos manuales, mosquetones gran abertura manuales, mosquetones para descensor con freno integrado, mosquetones asimétricos con gatillo curvo, mosquetones asimétricos con gatillo recto, mosquetones semicirculares de seguridad, anillos cosidos para cinta express, conjunto spirit y cinta, anillos cosidos con absorbedor de energía, bastones telescópicos, portamaterial, anclajes de expansión, anclajes completo, plaquetas de anclaje, anclajes químicos, cola de anclaje, maillones ovales, maillones de apertura rápida, maillones semicirculares, fisureros de anclaje, anclajes friends, mazas, protectores para cuerda, ganchos de progresión, eslabones giratorios, anillos cosidos, bolsas de magnesio, navajas mosquetonables, monos de protección, sacos personales distintos tamaños, portamaterial, mochilas, linterna frontal, bolsas de cintura para linternas, pies de gato, cordinos, cuerdas estáticas y dinámicas). A compartir con Vigilancia.
• Ordenador portátil, P.D.A. y GPS.
• Disponibilidad sobre las embarcaciones adscritas al Departamento.
• Material para la Estación Biológica Móvil: Furgoneta adaptada tipo Camper con tracción 4 x 4. Sistema de comunicaciones. Material óptico de calidad y Hide desmontable. Bibliografía. Cartografía regional. Legislación vigente. Ordenador portátil. Cámara de vídeo y de fotografía digital. Receptor y antena para radioseguimiento (dos juegos). Frigorífico pequeño para conservación de muestras. Material básico de laboratorio. Equipo para toma de muestras biológicas, huellas y marcas. Material de transporte (Nevera portátil, cajas y bolsas). Material de anillamiento. Mochila y cajas estancas de transporte. Reproductor CD para reclamos sonoros.

4.4.- Material para vigilancia.

• Escáner de emisoras.
• Visor nocturno.
• Equipo de mimetización a compartir con Censos.
• Equipo fotográfico básico.
• Equipo para decomisos, precinto y transporte: con bolsas de plástico, de basura con asas, cajas precintables de dos tamaños, papel de aluminio y de plástico, tenaza y precintos, corta-alambres y alicates, cinta plástica y adhesiva.
• Ordenador portátil, P.D.A. y GPS.
• Según las necesidades del servicio, el Especialista podrá porta arma corta en servicios que puedan presumir riesgo por su conflictividad, peligrosidad y nocturnidad. Arma rayada para el control y sacrificio de ejemplares potencialmente peligrosos, asilvestrados o moribundos.
• Dos chalecos antibalas modelo estándar y otros dos reflectantes con distintivo delante y detrás.
• Legislación vigente.
• Cartografía de la CC.AA.
• Actas de levantamiento, toma de muestras y decomisos.
• Actas de entrega.
• Actas de testimonio.
• Cuaderno de campo.
• Nevera portátil.
• Arcón congelador con cierre de seguridad, a compartir con Vida Silvestre.
• Armario de seguridad para decomisos.

4.5.- Vehículos.

Se dispondrá de tres vehículos de colores habituales en el mercado, con un pequeño distintivo en los laterales: Un todoterreno tipo Pick-up con cabestrante, todoterreno largo de cinco puertas y un todoterreno de tamaño medio.  En cada capital de provincia se dispondrá de un remolque con dos motos de cross de una cilindrada superior a 350 centímetros cúbicos, o dos Quads debidamente dotados.  Se tendrá acceso a las embarcaciones y lanchas que el Departamento tiene adscritas en los distintos embalses y zonas húmedas de la CCAA.

Los vehículos serán utilizados según una previsión de los trabajos a desarrollar por cada especialista y salvo necesidades del servicio permanecerán en el almacén o garaje designado.  En cada vehículo, además del que obliga la vigente Ley de Seguridad Vial habrá un material específico de apoyo:

• Emisora digital con todos los canales, frecuencias y prestaciones.
• Emisora de banda aérea.
• Sistema de navegación.
• Cargador de telefonía móvil, pilas de portófono, y ordenador portátil.
• Accesorio manos libres, para teléfono móvil.
• Linterna de carga en red.
• Foco adicional.
• Prismáticos de calidad media.
• Brújula de mano.
• Separador-perrera.
• Botiquín completo.
• Extintor.
• Envases para agua.
• Caja de herramientas amplia.
• Eslinga de 10-15 metros.
• Gato Hi-lift.
• Plancha aluminio taladrada.
• Compresor de aire a batería.
• Juego de cadenas para hielo.
• Rotativo magnético azul y rojo desmontable.
• Baca desmontable.
• Pala, hacha y azada.
• Mapa de carreteras.
• Cartografía provincial.

4.6.- Oficina del Equipo.

• Compartida con la del AMA.
• Equipamiento.

  1. Soporte informático y accesos.
  2. Mobiliario.
  3. Cartografía global y genérica.
  4. Material de oficina.
  5. Material bibliográfico y publicaciones.
  6. Armario de seguridad para material delicado.
  7. Emisora.

• Almacén.

  1. Taquillas personales.
  2. Arcón congelador con cierre de seguridad.
  3. Armario para decomisos.
  4. Armarios para material diverso.
  5. Estanterías.
  6. Jaulón para especies.
  7. Vehículos del Equipo.

4.7.- Otros apoyos.

• Complemento canino.

Las tareas de campo de los profesionales especializados, se ve potenciada y complementada por las cualidades que pueden aportar elementos caninos dentro de las variadas razas existentes. La experiencia personal de algunos APNs reconoce que, con una selección, adiestramiento, cuidado y compenetración en el equipo, se pueden obtener excelentes resultados en materia de inspecciones, envenenamientos, vida silvestre y vigilancia.

Con un status parecido a las distintas secciones adscritas a las Fuerzas de Orden Público, Bomberos y Protección Civil, de las distintas Administraciones, se podrían dotar dos equipos por provincia. Formados por un APN de las especialidades de Vida Silvestre o Vigilancia como responsable y un elemento canino con pertenencia a la Administración Autónoma.

• Protección Civil.

En accidentes o catástrofes medioambientales de cierta envergadura, donde se precise una evaluación de los daños producidos y las distintas situaciones que se puedan originar, así como su corrección o minimización de las agresiones. Estos equipos podrán realizar trabajos con las distintas Fuerzas de Orden Público y Protección Civil, para la salvaguarda de vidas humanas y riqueza medioambiental.

Aportación final

He respetado el texto de origen escrito por Don Luis, con algunas correcciones y añadidos que a petición suya, entonces le hice, advirtiendo que si bien no suscribo íntegramente todas sus apreciaciones sobre la concreta labor de los APNs como Policía Judicial, en la esencia de este trabajo-propuesta, no llevada ciertamente a cabo nunca en su mayor parte (quizás con la excepción del Corps de Agents Rurals de Cataluña), su espíritu es muy positivo y constructivo para la mayor valoración y eficacia de los Cuerpos de Agentes de Protección Ambiental, o como se les denomine, en su mayor parte de las Comunidades Autónomas, aunque también los hay de Confederaciones Hidrográficas y Locales, y que Luis siempre representó.