2020 PEC PG 1

🏠 PEC PENAL GENERAL

ENERO 2020.

INSTRUCCIONES.

La prueba consiste en la contestación a 8 preguntas tipo test, propuestas a partir de los siguientes hechos probados. Será valorada con un máximo de 2,5 puntos. Para hacer el cómputo de la nota, las 8 respuestas se valoran sobre 10, de manera que se asigna a cada acierto una puntuación de 1,25 y a cada fallo un descuento de 0,3 y el resultado final se divide por 4 para ajustarlo al valor final de 2,5.

HECHOS PROBADOS.

El 24 de julio de 2018 a las 20.41, Baltasar, maquinista del tren Alvia Madrid-Ferrol, se despistó de la conducción durante unos minutos al recibir una llamada de teléfono que le llevó a consultar unos planos, por lo que no se percató de que entraba en una curva elevada sobre un viaducto que sobrevuela la autopista, señalizada con una prohibición de velocidad de más de 80 km/h, de tal manera que el tren conducido por Baltasar tomó la curva a una velocidad de 190 km/h, a pesar de que la velocidad permitida estaba debidamente calculada y señalizada con la anterioridad y en la forma correcta. Cuando el maquinista se dio cuenta de dónde se hallaban y la velocidad no permitida a la que viajaban era ya muy tarde para frenar, y aunque lo intentó no consiguió evitar el descarrilamiento del tren por el exceso de velocidad. Algunos de los vagones se precipitaron desde el viaducto sobre la autopista que cruzaba bajo el mismo, y otros, que todavía no habían entrado en el viaducto elevado fueron a estrellarse contra un terraplén. Miguel era en la época el responsable de seguridad de la empresa ADIF (Administración de Infraestructuras Ferroviarias) y había diseñado tanto los límites de velocidad y la señalización de los mismos en aquel tramo, como el sistema de seguridad ASFA del que disponía el tren. El tramo de vía en el que se produjo el accidente no contaba en cambio con medidas de seguridad dirigidas a evitar posibles despistes del maquinista, como el sistema de control constante de velocidad ERTMS, pues los mismos no son preceptivos en ese tipo de vías y de trenes según la legislación vigente, sino solo con el mencionado sistema ASFA de control puntual de la velocidad, incapaz de frenar el tren ante un despiste como el que tuvo el maquinista, pero que es el único al que obliga la legislación vigente. El descarrilamiento causó la muerte de 80 personas y heridas a otros 20.

Una de las víctimas fue Vicente, que salió despedido por la ventanilla lateral y fue a caer en un descampado, habiendo sufrido un fuerte golpe en la cabeza que le produjo aturdimiento y mareo temporal, sin mayores consecuencias. Lorenzo y Manuel, dos delincuentes habituales con antecedentes penales por robo, viendo a Vicente en el suelo, aprovecharon su aturdimiento para registrarle Lorenzo los bolsillos apoderándose de su cartera que contenía 400 euros y unas tarjetas de crédito mientras Manuel le sujetaba por la fuerza y le tapaba la boca por si se le ocurría pedir auxilio. Como Vicente hizo amago de resistirse y dar un manotazo a sus agresores, Manuel le pinchó superficialmente con una navaja en ambas manos. Ambos se repartieron el dinero, tras lo cual dejaron a Vicente abandonado a su suerte, a pesar de que era evidente que seguía aturdido de tal modo que no se podía mantener en pie y que sangraba por los cortes. Los dos pensaron que las heridas eran pequeñas y superficiales y que alguien lo encontraría más pronto que tarde, pues empezaban a llegar al lugar numerosos vecinos y efectivos de emergencia. Sin embargo, las heridas que hubieran sido leves para cualquier persona fueron letales para Vicente, ya que padecía hemofilia, por lo que se desangró muy rápidamente y murió en unos minutos, antes de ser encontrado por los sanitarios.

Otras dos heridas en el accidente fueron Belén y Aurora, que quedaron colgadas de una viga del viaducto a unos 15 metros de altura sobre la autopista. Aurora fue resbalando paulatinamente hasta que quedó asida únicamente al cinturón del abrigo de Belén, quien viendo que la viga cedía por el peso de ambas y que pronto las dos se precipitarían contra el asfalto falleciendo con gran probabilidad, se quitó el cinturón y dejó caer a Aurora, aun sabiendo que al soltarla era altamente probable que muriera, posibilidad que aceptaba como inevitable si quería salvar su propia vida. Sin embargo, Aurora cayó sobre un camión de paja que pasaba en ese instante por la autopista y solo sufrió la rotura de ambos tobillos.

Los bomberos y la policía llegaron al lugar del accidente instantes después, asignándose a cada uno de los equipos de salvamento una serie de tareas. Gerardo, bombero veterano, era el encargado de rescatar a aquellas personas que estuvieran atrapadas en el viaducto. Sin embargo, cuando vio a Belén y la reconoció, decidió ignorar su petición de auxilio por la grave enemistad que habían mantenido desde hacía años. La intención de Gerardo era dar un escarmiento a Belén por haberle hecho la vida imposible en la comunidad de vecinos, por lo que, a pesar de la delicada situación en la que se encontraba y las altas probabilidades de que terminara cayendo de la viga, decidió dejarla para el final del rescate, si es que sobrevivía, y comenzar por otros viajeros, aunque no se encontraban en una situación de peligro inminente para sus vidas. Mientras Gerardo rescataba a otros de los viajeros del tren, Belén terminó por resbalar de la viga impactando contra el suelo y falleciendo en el acto.

CUESTIONES A RESOLVER.

1.- Respecto a la muerte de Belén, Gerardo actúa:

a) Con dolo directo de primer grado.

b) Con dolo directo de segundo grado o de consecuencias necesarias.

c) Con imprudencia grave.

d) Con dolo eventual.

2.- Lorenzo y Manuel serían penalmente responsables como:

a) Coautores de un delito de robo con violencia o intimidación en las personas.

b) Cómplices de un delito de robo.

c) Coautores mediatos de un delito de robo.

d) Cooperadores necesarios de un delito de robo.

3.- Conforme al texto recomendado para el estudio de la asignatura, ¿Podemos condenar a Gerardo por la muerte de Belén?:

a) Sí, por una omisión pura de garante, al ser un facultativo de salvamento e ignorar su petición de auxilio.

b) Sí, por una omisión causal de garante y de resultado.

c) Sí, por una omisión no causal y de resultado (comisión por omisión).

d) No, puesto que se encuentra amparado en una causa de justificación de cumplimiento del deber al encontrarse rescatando a otros de los accidentados.

4.- ¿Podemos condenar a Miguel como autor de los delitos de homicidios y lesiones imprudentes?:

a) Sí, pues era posible prever una conducta imprudente del maquinista y evitarla tomando medidas mayores de seguridad dirigidas a evitar los errores humanos.

b) No como autor, pero sí como partícipe, pues su conducta consistió en facilitar imprudentemente la posterior imprudencia de Baltasar.

c) No, porque Miguel no ha realizado ninguna conducta imprudente, pues no ha inobservado el cuidado objetivamente debido.

d) No porque Miguel actuó sin dolo de matar ni de lesionar.

5.- Lorenzo y Manuel fueron condenados a 5 años de prisión por el robo. Si el día después de dictarse sentencia entrara en vigor una reforma del Código penal que redujera las penas para los delitos de robo a una pena máxima de 4 años:

a) Los penados podrían beneficiarse de la nueva regulación solamente si la sentencia no es firme o no hubiesen empezado a cumplir la condena.

b) Los penados no podrían beneficiarse de la rebaja, puesto que se vulneraría el principio de irretroactividad de las penas.

c) Los penados podrían beneficiarse de la nueva regulación, más favorable para ellos y solicitar una revisión de su condena.

d) Los penados no podrían beneficiarse de la rebaja, puesto que fueron condenados conforme a la Ley penal vigente en el momento de los hechos.

6.- En la acción que lleva a cabo Belén en relación con la vida de Aurora:

a) Se puede apreciar una situación de necesidad de auxilio necesario.

b) Se puede apreciar un estado de necesidad exculpante.

c) Se puede apreciar un estado de necesidad justificante.

d) Se puede apreciar legítima defensa.

7.- En relación con la muerte de Vicente, producida por la circunstancia imprevisible de su hemofilia, Manuel:

a) No responderá por el resultado de muerte, por faltar la relación de causalidad conforme a la teoría de la equivalencia de las condiciones.

b) No responderá por el resultado de muerte, por no ser este objetivamente imputable.

c) Responderá por un delito de homicidio imprudente.

d) Responderá por un homicidio doloso consumado.

8.- En relación con la responsabilidad de Baltasar, podemos afirmar que:

a) Responderá por la comisión de diversos delitos de homicidio y lesiones con dolo eventual.

b) Responderá por la comisión de diversos delitos de homicidio y lesiones imprudentes, con imprudencia consciente.

c) No responderá por la comisión de diversos delitos de homicidio y lesiones pues no se dan los elementos de los tipos dolosos ni imprudentes.

d) Responderá por la comisión de diversos delitos de homicidio y lesiones imprudentes, con imprudencia inconsciente.

RESPUESTAS.

1: d – 2: a – 3: c – 4: c – 5: c – 6: b – 7: b – 8: d