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Continue to ChatUn pasajero que dispone del derecho a reclamar al organizador de su viaje el reembolso de su billete de avión deja, por ello, de estar facultado para reclamar el reembolso de ese billete al transportista aéreo, aun cuando dicho organizador de viajes no disponga de capacidad financiera para reembolsar el billete y no haya adoptado ninguna medida para garantizar tal reembolso https://interjuez.es/2019/07/16/un-pasajero-que-dispone-del-derecho-a-reclamar-al-organizador-de-su-viaje-el-reembolso-de-su-billete-de-avion-deja-por-ello-de-estar-facultado-para-reclamar-el-reembolso-de-ese-billete-al-transporti/