Aunque no quede acreditado que el banco hubiera informado al cliente de las características y concretos riesgos de un producto financiero complejo, no hay error en el consentimiento del profesional de los mercados financieros que lo manifiesta en el test de conveniencia

11-10-2018 El Tribunal Supremo rechaza el recurso del exdirector de una sucursal bancaria que pedía que le devolvieran su inversión en participaciones preferentes. El alto tribunal admite que no ha quedado acreditado que el banco hubiera informado al cliente antes de adquirir este producto financiero, de sus características y concretos riesgos (CGPJ)