https://interjuez.es/2018/10/21/la-privacion-de-libertad-aunque-se-decida-a-continuacion-de-una-condena-en-primera-instancia-no-puede-adoptarse-sin-la-celebracion-de-una-audiencia-por-parte-del-organo-judicial-decisor-en-que-pueda/
La privación de libertad, aunque se decida a continuación de una condena en primera instancia, no puede adoptarse sin la celebración de una audiencia por parte del órgano judicial decisor en que puedan sustanciarse y debatirse la concurrencia de los presupuestos y requisitos necesarios que la legitiman, que no se derivan de manera automática de la mera condena en primera instancia