https://interjuez.es/2018/04/13/la-atenuante-de-reparacion-del-dano-en-los-delitos-patrimoniales-cuando-menos-ha-de-transmitir-al-perjudicado-la-sensacion-de-que-las-consecuencias-del-delito-se-han-visto-neutralizadas-o-al-menos/
La atenuante de reparación del daño en los delitos patrimoniales, cuando menos, ha de transmitir al perjudicado la sensación de que las consecuencias del delito se han visto neutralizadas o, al menos, sensiblemente aminoradas a partir del esfuerzo reparador