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Continue to ChatLa competencia territorial para conocer de las medidas provisionales previas a la demanda de nulidad, separación o divorcio corresponde al tribunal del domicilio habitual del cónyuge que formule la solicitud, sobre el que no debe ser exigida una prueba exhaustiva y respecto del que no puede admitirse declinatoria fundada en falta de competencia territorial https://interjuez.es/2017/11/09/la-competencia-territorial-para-conocer-de-las-medidas-provisionales-previas-a-la-demanda-de-nulidad-separacion-o-divorcio-corresponde-al-tribunal-del-domicilio-habitual-del-conyuge-que-formule-la-so/