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Continue to ChatLa atribución del uso de la vivienda familiar a los hijos menores de edad es una manifestación del principio del interés del menor, que no puede ser limitada por el Juez, salvo lo establecido en el artículo 96 del Código Civil https://interjuez.es/2017/09/11/la-atribucion-del-uso-de-la-vivienda-familiar-a-los-hijos-menores-de-edad-es-una-manifestacion-del-principio-del-interes-del-menor-que-no-puede-ser-limitada-por-el-juez-salvo-lo-establecido-en-el-ar/