🎓 DOCENCIA
⚖ PENAL GENERAL
📗 ESQUEMA
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- Concurso medial y competencia para el enjuiciamiento (26-9-2022)
- En la captación y utilización de menores para la elaboración de material pornográfico existen tantos delitos como personas atacadas. Análisis de la posible continuidad delictiva (26-5-2021)
- Concurso ideal entre los delitos de agresión sexual y asesinato (14-11-2018)
- Apropiación indebida. Coautoría. Continuidad delictiva. Error de prohibición. Atenuante de reparación del daño. Legalidad de la prueba de cargo. (8-10-2018)
- Unidad y pluralidad delictiva en el tráfico de drogas (10-4-2018)
- Penalidad en el concurso ideal de delitos imprudentes (24-3-2018)
- Concurso de leyes entre el delito fiscal y la estafa (3-1-2018)
- En caso de concurso medial, cuando las penas de prisión señaladas en abstracto en cada uno de los delitos que integran el concurso no superen los 5 años de duración, aunque la suma de las previstas en una y otras infracciones excedan de esa cifra, la competencia para su enjuiciamiento corresponde al Juez de lo Penal (PNJ Sala 2ª TS de 12-12-2017) (12-12-2017)
- En los casos de trata de seres humanos hay que condenar por tantos delitos como víctimas haya (8-12-2017)
- Criterios para resolver la prescripción del delito (25-10-2017)
- El delito continuado siempre se sanciona con la mitad superior de la pena. Cuando se trata de delitos patrimoniales la pena básica no se determina en atención a la infracción más grave, sino al perjuicio total causado. La regla primera, artículo 74.1 del Código Penal, queda sin efecto cuando su aplicación fuera contraria a la prohibición de doble valoración (4-9-2017)
- La pena en concreto en el concurso medial de delitos (31-8-2017)
- Diferenciación entre los delitos de detención ilegal y coacciones (25-8-2017)
- Concurso de delitos entre detención ilegal y contra la libertad sexual (22-8-2017)
- Compatibilidad entre conducción bajo los efectos de bebidas alcohólicas y desobediencia por negarse a someterse a la prueba de la alcoholemia. Concurso real (14-6-2017)
- Los ataques contra la vida de varias personas, ejecutados con dolo directo o eventual, se haya o no producido el resultado, realizados a partir de una única acción, han de ser tratados a efectos de penalidad conforme a las reglas previstas para el concurso real (arts. 73 y 76 del CP), salvo la existencia de regla penológica especial (v. gr. 382 del CP) (PNJ Sala 2ª TS de 20-1-2015) (9-6-2017)