🏠 Delitos sobre el patrimonio histórico
RESTAURACIÓN DE LA LEGALIDAD.
Artículo 339 del Código Penal.
Los Jueces o Tribunales ordenarán la adopción, a cargo del autor del hecho, de las medidas necesarias encaminadas a restaurar el equilibrio ecológico perturbado, así como de cualquier otra medida cautelar necesaria para la protección de los bienes tutelados en este Título.